viernes, 16 de junio de 2017

Historia

Breve historia de los Derechos Humanos

Para muchos especialistas, el concepto de Derechos Humanos como lo conocemos hoy surge luego de la Revolución Francesa, en 1789. Esto es así ya que aparece en el imaginario colectivo la idea de libertad, igualdad y fraternidad pero también documentos que buscaban proteger cuidadosamente la propiedad privada. Antes de la actual Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) se redactaron textos que sirvieron como antecedentes y que planteaban una lista de derechos de mucha importancia. La primera se firmó en 1789 pero sufrió modificaciones en 1791 y 1793.

Más allá de antecedentes históricos anteriores, no será hasta después de la Segunda Guerra Mundial, y debido a los acontecimientos vividos durante la misma, en 1948, cuando se recojan por medio de 30 artículos en DUDH en el marco de la Organización de Naciones Unidas, los derechos y libertades básicos de todos los seres humanos. Pero, con el propósito de que estos derechos fueran respetados en todo el Planeta por igual, se integraron a su vez en la Política de Tratados Internacionales mediante la Carta Internacional de Derechos Humanos, por la que los 47 Estados firmantes se comprometieron a cumplirlos.

La observación y cuidado de los Derechos Humanos

En la actualidad, pese a que se han creado instituciones intergubernamentales específicas para velar por estos cometidos, como el Consejo de Derechos Humanos de la ONU; existen a su vez Organizaciones Internacionales No Gubernamentales que tienen como fin la protección de los Derechos Humanos. Y es que, el trabajo realizado por organizaciones como Human Rights Watch (HRW) o Amnistía Internacional en la defensa y protección de los derechos humanos, así como en el estudio del estado de los derechos de los hombres y mujeres en todo el mundo, ha llegado convertirlos como un referente para el conocimiento de la situación actual.

Debemos aclarar aquí que la existencia y proliferación de estas organizaciones no gubernamentales se debe en gran parte al incumplimiento por parte de los Estados de diversas partes del mundo con los acuerdos que plantea la DUDH. Esto puede verse claramente en regiones como África o Medio Oriente donde las guerras civiles han generado muertes por millones y los conflictos suponen una permanente lucha por mejores condiciones de vida. Por ejemplo, se estima que en Siria los muertos por la guerra civil en la que participa el gobierno superan los 500.000.

Así, podemos desgranar la importancia de los derechos humanos, dando un paso más allá, como el valor fundamental de la Sociedad Mundial, sobre el que descansan y se estructuran el resto de derechos. Es a partir de ellos y de su cumplimiento que podemos acercarnos a formas de vida más sanas, humanas y respetuosas, con mayor tolerancia y armonía entre las naciones. Por ello, y para que el sistema tenga sentido y forma, debemos salvaguardar entre todos, la continuidad de los derechos allí donde son reconocidos a través de sus Constituciones, pero sobretodo, la misión de estas instituciones deberá pretender la extensión y aplicación efectiva de estos derechos allá donde aún hoy en día no se conoce su existencia.

En conclusión, destacamos los Derechos Humanos, no sólo desde la relevancia que han adquirido a nivel jurídico en las democracias Occidentales, sino como el sustrato sobre el que debe nutrirse la humanidad, tratando de preservarlos, por aquellos que tuvieron la suerte de nacer allí donde no se reconocen, ni se respetan.

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Derechos Humanos


¿Qué son los derechos humanos? 

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.

Universales e inalienables

El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos. Este principio, tal como se destacara inicialmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se ha reiterado en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, por ejemplo, se dispuso que todos los Estados tenían el deber, independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales.
UNICEF/ HQ04-0734/Jim HolmesUN Photo/John IsaacUN Photo/John Isaac 
Todos los Estados han ratificado al menos uno, y el 80 por ciento de ellos cuatro o más, de los principales tratados de derechos humanos, reflejando así el consentimiento de los Estados para establecer obligaciones jurídicas que se comprometen a cumplir, y confiriéndole al concepto de la universalidad una expresión concreta. Algunas normas fundamentales de derechos humanos gozan de protección universal en virtud del derecho internacional consuetudinario a través de todas las fronteras y civilizaciones.
Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales. Por ejemplo, se puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de justicia dictamina que una persona es culpable de haber cometido un delito.

Interdependientes e indivisibles

Todos los derechos humanos, sean éstos los derechos civiles y políticos, como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión; los derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho al trabajo, la seguridad social y la educación; o los derechos colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre determinación, todos son derechos indivisibles, interrelacionados e interdependientes. El avance de uno facilita el avance de los demás. De la misma manera, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás.  

Iguales y no discriminatorios

UNICEF photo
La no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de derechos humanos. Está presente en todos los principales tratados de derechos humanos y constituye el tema central de algunas convenciones internacionales como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
El principio se aplica a toda persona en relación con todos los derechos humanos y las libertades, y prohíbe la discriminación sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales como sexo, raza, color, y así sucesivamente. El principio de la no discriminación se complementa con el principio de igualdad, como lo estipula el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.

Derechos y obligaciones

Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos . La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. En el plano individual, así como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás.


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